Franzetti Néstor y O. c/Paoppi Néstor y O. s/despido.
INSOLVENCIA FRAUDULENTA
En la medida en que el patrimonio de cualquier persona no es un
conjunto estático de bienes, la salida de alguno de ellos supone
el ingreso de otros, de la misma o diversa naturaleza. Si bien
la venta de maquinarias y el ofrecimiento en venta de un
inmueble justifican el dictado de medidas cautelares, que no
requieren la evidencia incontrastable de que han conducido a la
impotencia patrimonial, no significan, por sí mismas, la
insolvencia del titular. Menos aún, la insolvencia fraudulenta.
Ello podría ocurrir si el precio de las enajenaciones no fuera
incorporado al patrimonio.
Morando. Billoch.
22499/01.
Franzetti Néstor y O. c/Paoppi Néstor y O. s/despido.
21/09/04
32109
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Sala VIII.